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    Madrid: Alojamiento / Comprar

    Alojamiento


    Comprar en Madrid

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    7/04/2005

    Cuando desea comprar una vivienda, elegirá un notario que actuará como intermediario para las dos partes.

    Cuando eliga su vivienda, pedirá al vendedor una nota simple informativa del Registro de la Propriedad : Eso garantiza que la vivienda pertenece al vendedor de hecho, y sirve para comprobar que no sirve de aval para deudas y dará una descripción completa de la vivienda (muy útil).

    Cuando el vendedor y el compradore estan de acuerdo , y antes de que el acto notarial este listo, un contrato será establecido. Es generalmente un documento simple en el cual el vendedor expresa su deseo de transferir la vivienda al comprador y viceversa. Después haber firmado el documento, si el comprador se retira, perderá sus arras. Si el vendedor se retira, tendrá que pagar el doble del depósito del comprador.

    La transferencia de la vivienda debe ser ratificada por notario. El acto será dado al comprador después de que todas las partes estén en de acuerdo con sus términos. El comprador tendrá que presentar un comprobante de identidad, el pago, y el vendedor entonces dará el título de propriedad. Finalmente el contrato tendrá que contener las tres firmas del comprador, del vendedor y del notario.

    El comprador tendrá que pagar los costos de la transferencia y de los impuestos relacionados (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados). Dependerá de la persona que vende. Si el vendedor es un particular, el impuesto es de un 6% del precio especificado en el acto; si el vendedor es un contratista y es una primera transferencia (vivienda nueva), el impuesto IVA será aplicado, es decir el 7% para las casas, el 16% en otros casos (para las casas en Madrid, se agrega un impuesto de 1.5%). El vendedor tendrá que pagar un impuesto llamado la plusvalia.

     
     
     

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