Cuando desea comprar una vivienda, elegirá un notario que actuará como intermediario
para las dos partes.
Cuando eliga su vivienda, pedirá al vendedor una nota simple
informativa del Registro de la Propriedad : Eso garantiza que la vivienda
pertenece al vendedor de hecho, y sirve para comprobar que no sirve de aval
para deudas y dará una descripción completa de la vivienda (muy útil).
Cuando el vendedor y el compradore estan de acuerdo , y antes de que el acto
notarial este listo, un contrato será establecido. Es generalmente un documento
simple en el cual el vendedor expresa su deseo de transferir la vivienda al
comprador y viceversa. Después haber firmado el documento, si el comprador se
retira, perderá sus arras. Si el vendedor se retira, tendrá que pagar el doble
del depósito del comprador.
La transferencia de la vivienda debe ser ratificada por notario. El acto será
dado al comprador después de que todas las partes estén en de acuerdo con sus
términos. El comprador tendrá que presentar un comprobante de identidad, el
pago, y el vendedor entonces dará el título de propriedad. Finalmente el contrato
tendrá que contener las tres firmas del comprador, del vendedor y del notario.
El comprador tendrá que pagar los costos de la transferencia y de los impuestos
relacionados (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos
jurídicos documentados). Dependerá de la persona que vende. Si el vendedor
es un particular, el impuesto es de un 6% del precio especificado en el acto;
si el vendedor es un contratista y es una primera transferencia (vivienda nueva),
el impuesto IVA será aplicado, es decir el 7% para las casas, el 16% en otros
casos (para las casas en Madrid, se agrega un impuesto de 1.5%). El vendedor
tendrá que pagar un impuesto llamado la plusvalia.
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